El Ministro Extraordinario de la Comunión, si está legítimamente nombrado, por supuesto que puede tomar con sus manos la sagrada comunión y distribuirla, porque precisamente para eso es ministro de la Comunión; ésa es la función principal y la razón de ser de tal ministerio. Quien hizo la pregunta parece creer que la función del Ministro de la Comunión es animar a la comunidad a falta de sacerdotes, pero ésa es una función sobreañadida, la principal es la distribución de la sagrada comunión, ya sea en la celebración litúrgica, como a los enfermos, en forma de viático.
Quien determina la legitimidad o no de los ministros de la Comunión es el Obispo del lugar. La Congregación para el Culto da una serie de directivas (que puede consultar en el web del Vaticano), pero en una diócesis, quien determina en concreto cómo se realiza el culto, a salvo siempre la uniformidad en lo esencial, es el Obispo, tan sucesor de los apóstoles como los demás obispos, incluyendo el Obispo de Roma.
Cualquier duda sobre si en una diócesis se "están haciendo bien las cosas" hay que consultarla en el episcopado del lugar; por muchos documentos que uno lea, la realidad de la Iglesia siempre está anclada en un lugar concreto, con unas necesidades pastorales concretas, que debe tratar de percibir, canalizar y llevar a la práctica el pastor del lugar, es decir, el Obispo, su presbiterio, y todo el cuerpo de la Iglesia local.
Hasta donde tengo conocimiento, el nombre correcto es Ministro Extraordinario de la sagrada comunión y no ministro extraordinario de la eucaristía, y solo puede tomarla por si mismo con sus manos y comulgar él es cuando realiza la celebración de la palabra,...y por lógica para la distribución de la comunión tiene que tomarla
Es verdad, el nº 154 de la Redemptionis Sacramentum hace un distingo entre ministro "de la Eucaristía", que es quién la realiza (sólo el sacerdote) y ministro "de la Comunión", que es quien la reparte. Evidentemente ese número, como toda la instrucción, quiere clarificar frente a abusos (en algunos casos verdaderos sacrilegios, como la "consagración" realizada por ministros no ordenados) en la celebración litúrgica.
Creo que por el contexto de mi respuesta se entiende perfectamente a lo que me estoy refiriendo, y que no tiene nada que ver con sustituir al sacerdote, aunque no viene mal tener en cuenta estas sutiles distinciones.
En cuanto a lo otro, que «solo puede tomarla por si mismo con sus manos y comulgar él », le agradezco que ahora me aclare a qué se refería con su pregunta original. Tal como estaba no se entendía, y la "traduje" como mejor supe.
De todos modos, si en una dióceis un obispo permite la comunión en la mano, donde el laico recibe la Forma en la mano y se la da a sí mismo, no parece razonable que el ministro extraordinario no pueda hacer lo mismo. Las diócesis no la gobiernan documentos sino obispos, y por más que Ud, lea en el documento esto o aquello, lo que prima siempre es la costumbre del lugar y las prácticas debidamente autorizadas por el obispo del lugar. Por supuesto que este principio no se refiere a la unidad en la fe, pero una costumbre litúrgica dista muchísimo de las cuestiones que afectan a la unidad en la fe.
Lo que no entiendo es para qué pregunta, si Ud. tiene ya su inamovible respuesta, ¿me estaba "probando"? déjele esa tarea a Dios...
Que diferencia hay entre la misa y la exposición del Santísimo Sacremento respecto a su importancia y su efecto en nosotros o nuestro beneficio. No estoy bien instruida pero lo poco que entiendo es que en la misa se ofrece a Dios Padre el Sacrificio de su hijo Jesús para la expiación de nuestros pecados, y Nuestro Señor Jesús se hace uno con nosotros al comulgar. Ademas de que las lecturas son el medio de que Dios nos habla para nuestra edificación. En cambio durante las exposición del Santísimo, lo adoramos, nos habla y le hablamos como "cara a cara" a Jesús resucitado. Podría corregirme o agregar lo necesario para mi mayor provecho. Gracias. DIOS LE BENDIGA
Lo que dice es correcto, lo único que debe evitar es considerar misa y adoración eucarística como si fueran dos cuestiones independientes: la misa es el centro, porque en ella se realiza la eucaristía, que adoramos en la adoración. Por tanto la adoración es un derivado de la misa, o, como dice alguno de los documento (no recuerdo ahora mismo cuál): la adoración es una prolongación de la misa.
Por otra parte, también en la adoración nos dirigimos al Padre, según el principio del propio Jesús: "Quien me ha visto a mí, ha visto al Padre" (Jn 14,9).
La invito a que aborde este género de cuestiones en el foro, donde se puede enriquecer con respuestas de otros.
Yo creo que en la pregunta original se referian a si en la celebracion de la misa, el ministro puede tomar el mismo el copon para dar la comunion o si debe esperar a que se lo dé el sacerdote: un ministro de la comunión puede tomar por si mismo el cuerpo del Señor en ausencia del sacerdote, pero estando presente el sacerdote o el diacono, deben ser de ellos de quienes reciban el cuerpo de Cristo. Y lo mismo para los acólitos.
puede un ministro de la eucaristia dirigir la celebracion completa, es decir tomar el lugar del sacerdote en la misa y celebrarla pero sin hacer la consagracion del pan y el vino sino utilizando lo que ya esta consagrado y guardado en el sagrario?
La pregunta que hace, Guadalupe, es confusa, porque sin sacerdote no hay misa, así que el ministro nunca "toma el lugar del sacerdote en la misa y la celebra pero sin hacer la consagración", ya que sin consagración, simplemente no hay misa.
Lo que en ese caso realiza es una «celebración de la Palabra con distribución de la Eucaristía», que NO es una misa, y sí, puede hacerlo, si el párroco se lo encarga.
perdone mi ignorancia, pregunto porque no entiendo, es como ud. dice. La señora que es ministra hace la celebracion que para mi que no entiendo mucho es igual a la misa porque la señora se sienta en el lugar del sacerdote y guia la celebracion igual, lo unico que no no hace es consagrar el pan y el vino.
Mi pregunta, es porque esto pasa siempre en mi capilla, el Padre viaja mucho o tiene retiros y los ministros se encargan de las celebraciones de 15 años, bautismos, etc..
Creia que solo los diaconos podian encargarse de la celebracion. gracias por responder
Claro, para Ud. es igual a la misa, pero si Ud. dice que no entiende mucho, no debería ponerse Ud. como medida de las cosas: si no hay consagración no es misa, eso es todo, así que que a Ud. le "parezca" una misa, no quiere decir que esta ministro esté haciendo mal las cosas.
Lo que se está haciendo en su parroquia está dentro de los límites de lo que un obispo puede autorizar en su diócesis.
La liturgia no la regulan en todo los documentos, sino primero que nada los obispos y la regla de la fe. Los documentos le dan una forma típica a eso, pero luego cada realidad y sitio de la tierra es distinto.
Yo lo único que puedo decirle en abstracto es que en lo que me dice Ud. no hay nada que se esté haciendo, en principio, mal. Ahora bien, si Ud. tiene dudas sobre si esa parroquia en concreto está faltando a lo que el obispo del lugar autoriza, debería consultarlo con él.