Creo que habría que preguntarle a un canonista para tener una respuesta más fundada, pero en principio yo pienso (cotejando con el modo de hablar general del CDC) que se refiere a la interpretación más benigna según el caso, que puede ser solar o litúrgica.
Me explico: el sentido de ese canon tiene que ver con el "respeto y veneración a la Eucaristía cuya recepción no puede banalizarse" (Mons. Julián Herranz, "El sacramento de la Eucaristía", 2003, Web del Dicasterio para los textos legislativos), es decir que el objetivo del canon no es precisar cantidades sino evitar un mal, como es la banalización, el ir a tomar la comunión simplemente porque "pasaba por allí y la estaban dando", por así decir.
Por tanto, si por ejemplo tuve que participar en dos misas el sábado a la mañana, y comulgué en las dos, pero a la tarde, en la vespertina (que ya es litúrgicamente domingo) participo nuevamente, ¿puedo comulgar? Pienso que sí, y yo lo haría, porque aunque el día solar es el mismo, no lo es el litúrgico.
Y en el caso opuesto, si participara en la misa vespertina del domingo (comulgando), y luego en dos misas dominicales, pienso que también es aceptable comulgar en las tres, porque aunque el día litúrgico es el mismo, no lo es el solar.
Pero, te vuelvo a repetir que es tal como yo lo entiendo, teniendo en cuenta que el talante del CDC no es restrictivo, y teniendo presente la enseñanza de la Iglesia en este punto, acorde al n. 1388 del Catecismo ("Es conforme al sentido mismo de la Eucaristía que los fieles, con las debidas disposiciones, comulguen cuando participan en la misa"), que sigue (y cita explícitamente) la doctrina del CVII: "Se recomienda especialmente la participación más perfecta en la misa, la cual consiste en que los fieles, después de la comunión del sacerdote, reciban del mismo sacrificio el Cuerpo del Señor." (SC 55).
No conozco ninguna interpretación oficial sobre este punto. Sobre ese canon se ha planteado una duda a la Pontificia Comisión para la recta interpretación del CDC (hoy "Dicasterio para los textos legislativos"), que está publicada en AAS 76, 1984, pág 746 (y mencionada en el Catecismo, num. cit.), pero la duda se refiere sólo al número de veces, no al alcance de la palabra "día".