Análisis Digital, 04/03/06 ( España) Como consecuencia de la ley que permite las uniones entre personas del mismo sexo, el Boletín Oficial del Estado publicó ayer, según una orden del Ministerio de Justicia, que los términos "marido" y "mujer" no serán los que designen a las personas homosexuales.
El modelo de certificado de la inscripción de matrimonio es el mismo, con la variación de que se sustituyen las expresiones "marido" y "mujer" por las de "cónyuge A" y "cónyuge B", para el caso de "matrimonios" contraídos por personas del mismo sexo.
Para los verdaderos matrimonios, estos es, las uniones entre hombre y mujer se mantiene el modelo actual sin ninguna variación.
Además, se modifica el modelo de inscripción de nacimiento, de forma que la expresión "padre" se sustituye por la de "progenitor A" y la expresión "madre" por la de "progenitor B". La referencia al "matrimonio de los padres" se sustituye por "matrimonio de los progenitores"