Análisis Digital, 23/10/08 - 1. Educación para la Ciudadanía es una asignatura que se imparte en todos los países de la Unión Europea.
Si nos atenemos al enunciado, es cierto: en casi todos los países se están implantando asignaturas de título similar. Ahora bien, no con los contenidos de la asignatura española. En el resto de países de nuestro entorno, las asignaturas de Educación para la Ciudadanía explican las instituciones políticas de la Unión, los cauces de participación ciudadana, la legislación vigente sobre Derechos Humanos, etc. En suma, se trata de asignaturas descriptivas. Las asignaturas españolas, por el contrario, se establecen con el propósito explícito de formar la conciencia de los ciudadanos. No son, pues, asignaturas descriptivas, sino adoctrinadoras.
Quien quiera hacerse una idea completa de esta diferencia esencial tiene a su disposición un pormenorizado estudio comparativo de las asignaturas de Educación para la Ciudadanía en la Unión Europea.
2. Educación para la Ciudadanía no tiene ningún fin adoctrinador: no pretende formar moralmente. Es una asignatura descriptiva como cualquier otra. Como las matemáticas…
El Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria establece el propósito de formar la conciencia moral de los alumnos:
“La dimensión ética de la competencia social y ciudadana entraña ser consciente de los valores del entorno, evaluarlos y reconstruirlos afectiva y racionalmente para crear progresivamente un sistema de valores propio y comportarse en coherencia con ellos al afrontar una decisión o un conflicto”
“Para lograr estos objetivos se profundiza en los principios de ética personal y social”
Los centros escolares deben ser espacios “que ayuden a los alumnos y alumnas a construirse una conciencia moral y cívica acorde con las sociedades democráticas, plurales, complejas y cambiantes en las que vivimos”
“Centrándose la Educación éticocivica en la reflexión ética que comienza con el entorno más próxima para contribuir, a través de los dilemas morales, a la construcción de una conciencia moral cívica”.
“La educación para la ciudadanía y los derechos humanos en uno de los tres primeros cursos trata aspectos relacionados con las relaciones humanas, bien sean las interpersonales, las familiares o las sociales. Aborda asimismo los deberes y derechos ciudadanos, profundizando en el sentido de los principios que los sustentan”.
3. Quienes se oponen a Educación para la Ciudadanía lo hacen porque no comparten algunos o muchos de sus contenidos, que chocan con sus creencias. Si se negociaran los contenidos cesaría su oposición.
Quienes nos oponemos a la implantación de la EpC no lo hacemos en función de sus contenidos. Nos oponemos a que el Estado pretenda formar moralmente a los ciudadanos -nuestros hijos. Y es que la formación moral de los hijos es competencia exclusiva de sus padres y los colaboradores que, para este menester, ellos elijan. El Estado no es quien para formar moralmente a nadie. Ni este Estado gobernado por el PSOE ni cualquier otro. Es una cuestión de principios, no de contenidos.
4. Educación para la Ciudadanía no pretende imponer una moral partidista: se trata de formar a los ciudadanos en los principios comunes que emanan de una sociedad democrática. En palabras de José Antonio Marina, «necesitamos una educación en valores comunes, transculturales, universales, más allá de la moral y las religiones».
El problema fundamental para pretender implantar esta “ética de mínimos” es, simplemente, que no existe.
Quienes han dinamitado el concepto de Ley Natural acuñado por la tradición cristiana, pretenden implantar ahora su caricatura: un conjunto de principios y normas de actuación basados en los valores compartidos de la sociedad democrática. Llegados a este punto, el elenco de preguntas que se plantean resulta interminable:
* ¿cuáles son esos “valores comunes”?
* ¿quién o quiénes los determinan y especifican?
* ¿dónde están recogidos?
* ¿qué grado de consenso se requiere para calificar a un valor como “común”?
* ¿cómo y cuándo se refrendan esos valores?
* ¿cabe la discrepancia hacia alguno de esos valores?
* ¿es valioso, por tanto, todo lo que el Estado legisla?
* etc.
5. Educación para la Ciudadanía presenta algunos contenidos que pueden entrar en conflicto con el ideario propio de los centros concertados. Ahora bien, estos centros siempre tienen la posibilidad de realizar una adaptación de esos contenidos conflictivos a su ideario, con lo que resuelven el problema.
No existe ninguna disposición legal que permita realizar esa supuesta adaptación. Los objetivos, contenidos mínimos y criterios de evaluación de estas asignaturas, publicados en los correspondientes decretos, no pueden adaptarse: han de cumplirse en su integridad. Los centros poseen cierta libertad para añadir contenidos a los mínimos propuestos por el ministerio, pero nunca para recortarlos ni modificarlos.
Quienes todavía piensan que los males de la EpC se resuelven mediante la adaptación de sus contenidos al ideario del propio centro, deberían hacerse, al menos, una serie de reflexiones muy sencillas:
* ¿creen, de verdad, que la ofensiva gubernamental en favor de la EpC y su resistencia al diálogo y, más aún, a mover una sola coma de los decretos, es un empeño compatible con permitir que, en la práctica, cada centro adapte la asignatura haciendo de su capa un sayo? ¿Quiénes son los ingenuos: el cuerpo de inspectores de las consejerías de educación o los directores de centros que viven fiados de vagas promesas políticas de “hacer la vista gorda”?
* ¿saben que ya se están dictando, por parte algunas inspecciones educativas, circulares a los centros exigiendo el escrupuloso cumplimiento de la legislación sobre las asignaturas de EpC …y recordando que “Este cumplimiento podrá ser verificado por el Servicio de Inspección Técnica y de Servicíos, de acuerdo con las funciones atribuidas al mismo. (LOE, arto151: Corresponde al Servicio de Inspección velar por el cumplimiento, en los centros educativos, de las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes que afectan al sistema educativo)“?
* ¿hay mejor fórmula para procurar una aterrizaje suave de la EpC que realizar promesas sin fundamento jurídico a los centros con ideario propio para evitar su contestación y, de paso, hacer a la administración el favor de minorar y mantener a raya las ob El movimiento de oposición a Educación para la Ciudadanía está orquestado e impulsado por la Iglesia Católica, quien no quiere perder poder moral con respecto al Estado.
6. La implantación española de Educación para la Ciudadanía es, antes que nada, un conflicto de libertades civiles. Es un atropello por parte del Estado que se arroga el derecho y el deber de educar moralmente a los ciudadanos. No es, por tanto, un conflicto ideológico -un conflicto de valores o normas morales-: es el despojamiento, por parte del Estado, del derecho de los padres a educar moralmente a sus hijos de acuerdo con sus convicciones. Es un problema de libertades. De alcances, límites y preminencias.
En este sentido, no es la Iglesia Católica quien se ha opuesto a su implantación ni ha movilizado a sus fieles en su contra. Primero y principalmente, el movimiento objetor a EpC es un movimiento de carácter civil ante una pretensión de recorte de libertades civiles. La Iglesia, junto a otras confesiones religiosas y autoridades morales, ha denunciado este recorte de libertades civiles y se ha posicionado en contra. Pero no tanto por sus contenidos, como un pretendido pulso de idearios, sino como un recorte de las libertades civiles, es decir, personales y familiares.
No se trata, por tanto, de la lucha por un adoctrinamiento partidista: se trata de que el Estado no adoctrine moralmente ni en un sentido ni en otro. En unas célebres declaraciones, el propio cardenal Rouco se mostró en contra de la EpC “aunque sus contenidos fuearn los propios del Catecismo de la Iglesia Católica”.
En definitiva, los opositores a esta EpC no lo hacemos tanto por sus contenidos -que variarán en función de los gobiernos y las leyes- como por dejar sin efecto el derecho de los padres a educar moralmente a sus hijos. Es una atropello de libertades propio de un Estado totalitarista.jeciones de los padres?
* ¿piensan los directores de los centros concertados que van a poder seguir “digiriendo” cualquier imposición injusta por parte de la administración mediante el recurso a su capacidad adaptativa o van a plantarse en algún momento con un más honorable “hasta aquí hemos llegado”? ¿O es que el concierto es el sumo bien al que hay que sacrificar todo?
* ¿tienen algún mensaje que ofrecer a los millones de padres y alumnos que no pueden acogerse a estas precarias adaptaciones porque sus centros son de titularidad pública?
* ¿son las leyes injustas menos injustas porque puedo sortearlas?
7. Los objetores a Educación para la Ciudadanía, sean 50.000 ó 100.000, no son sino una minoría de padres que no pueden imponer a la mayoría sus ideas fundamentalistas.
Cifrar la oposición a la asignatura de Educación para la Ciudadanía según el número de objeciones es una falacia. Objetar no es firmar a favor del 0′7 para el tercer mundo: es una decisión de hondo calado jurídico y social que compromete, entre otras cosas, la titulación escolar de los hijos. Siempre serán una minoría los padres que, opuestos a la asignatura, tomen la decisión de presentar una objeción formal. Por eso es una falacia inferir que, quienes no presentan objeción, avalan la asignatura.
Una vez clarificado que no ser objetor no equivale a defensor de la asignatura, podemos entrar en datos. Pero en datos estadísticos y ciertos, resultado de un estudio nada sospechoso de partidismo. Se trata del primer Barómetro de la Familia, realizado por la revista Padres y Colegios, perteneciente a Siena, la empresa líder de publicaciones educativas del país, y el Instituto GAD (Gabinete de Análisis Demoscópico), que fue presentado el pasado 5 de junio, en la Asociación de la Prensa de Madrid, por el director general de Siena, José María de Moya, y el director del GAD, Narciso Michavila.
Copio textualmente:
El tema central del estudio fue “La familia ante la crisis económica”, pero también incluyó algunas preguntas de actualidad o que tienen que ver con la Educación en nuestro país.
Entre estas últimas se trató el que parece ser el tema estrella de la enseñanza en nuestro país, y el único que parece haber calado entre la población en general: la asignatura de Educación para la Ciudadanía. Sorprende que, con la de páginas de periódicos que ha ocupado y la cantidad de tiempo que le dedican nuestros políticos, aún haya un 43% que no han oído hablar o no les suena la dichosa asignatura, mientras que un 56% admite conocerla.
Entre los que la conocen, las opiniones son claramente contrarias a lo que dice la LOE: el 60% de los españoles piensa que la asignatura debe ser voluntaria, mientras que sólo un 26% son partidarios de que sea obligatoria. Además, sólo un 30% piensan que debería ser evaluable –tal y como dice la LOE– frente a un 51% que piensa que no debería ser evaluable.
Aunque la opinión de los españoles tiene un sesgo ideológico –los votantes del PP son más partidarios de que la asignatura de Educación para la Ciudadanía sea voluntaria y no evaluable que los que votaron a otras opciones políticas– sorprende que la mayoría de los que dijeron haber votado al PSOE en las pasadas elecciones generales –un 49%, prácticamente la mitad– son partidarios de que EpC sea voluntaria.
Además, entre los votantes del PSOE las opiniones están divididas: el 41% quiere que la asignatura sea evaluable y el 40% quiere que no lo sea. Entre los del PP hay menos dudas: el 66% no la quiere evaluable.
De este estudio podemos sacar las siguientes conclusiones:
1. Hay un 43% de la población al que ni le suena la asignatura: desinformación.
2. El 60% de los españoles que la conocen piensa que la asignatura debe ser voluntaria, mientras que sólo un 26% son partidarios de que sea obligatoria. Ya se ve que no se trata de matemáticas o conocimiento del medio.
3. Sólo un 30% piensan que debería ser evaluable –tal y como dice la LOE– frente a un 51% que piensa que no debería ser evaluable. Ya se ve que algo tiene la imprescindible asignatura.
4. La mayoría de los que dijeron haber votado al PSOE en las pasadas elecciones generales –un 49%, prácticamente la mitad– son partidarios de que EpC sea voluntaria. Además, entre los votantes del PSOE las opiniones están divididas: el 41% quiere que la asignatura sea evaluable y el 40% quiere que no lo sea. Y es que se puede ser votante del PSOE sin tragarse cualquier propuesta de este gobierno.
Además de esta encuesta, el Diario El Mundo presentó el lunes 28 de julio de 2008 en su suplemento CHEQUEO A 30 AÑOS DE DEMOCRACIA (I) una amplia encuesta de la que entresacamos las cuestiones relativas a Educación para la Ciudadanía:
«¿Es necesaria para los jóvenes la asignatura de Educación para la Ciudadanía?», se pregunta a los ciudadanos. Un 69,6% responde que sí (más las mujeres que los hombres). Son precisamente los de menos edad los que responden negativamente (24,9%). Por partidos políticos, el PP se divide en dos a favor y en contra. El respaldo es importante y ronda el 85% entre los votantes de centro izquierda.
Ahora bien, a pesar de que el aplauso a la materia es mayoritario, no significa que la ciudadanía española no consienta que se discrepe legalmente. Un 62,2% dice que está «de acuerdo con la objeción de conciencia» a la asignatura. Más partidarios de que se respete este derecho hay en el Partido Popular (65,9%) que en ningún otro partido. Los que más se muestran en contra son los votantes de Izquierda Unida, con un 56,3%.
8. Los objetores a Educación para la Ciudadanía quieren imponer sus creencias a los demás ciudadanos. Su postura es insolidaria y perjudicial para el bien común.
La objeción de conciencia no pretende imponer nada a los demás ni causa ningún perjuicio al resto de ciudadanos. Se trata de un derecho individual a ser eximido del cumplimiento de una ley que atenta contra las propias convicciones morales.
La existencia de objetores no perjudica a quienes desean recibir la asignatura. No generan ningún perjuicio social. Si los alumnos objetores no acuden a clase de EpC ¿a quién perjudican?. A nadie. No cuestionan ni impiden el derecho de los alumnos que quieran recibir esta asignatura.
Otras objeciones reconocidas históricamente en España, por el contrario, podrían perjudicar, si no se remedia de algún modo, el ejercicio de un derecho garantizado por el Estado. Piénsese en la objeción al servicio militar: podría originar problemas para establecer los contingentes de tropas necesarias. La objeción de conciencia de un profesional sanitario, para poner otro ejemplo, requiere un ajuste por parte de la administración que se ha comprometido a ofrecer los servicios sanitarios que el profesional rechaza ejercer mediante su objeción de conciencia.
¿A quiénes perjudicamos los padres, los alumnos objetores? ¿Qué repercusiones sociales tiene nuestra postura de no acudir a las clases de EpC? ¿Genera una quiebra o menoscabo del bien común?
9. Los objetores a Educación para la Ciudadanía, movilizados por la Iglesia y el PP, actúan irresponsablemente, por puro seguidismo, sin conocer la realidad de la asignatura ni las graves consecuencias que tendrá para sus hijos esta actitud irreflexiva y extremista.
Acusar a los objetores de desconocimiento real de la asignatura pone de manifiesto que quien realiza esta afirmación es quien realmente desconoce la naturaleza de la objeción.
Presentar objeción de conciencia a EpC, por el contrario, exige en sí mismo un gran ejercicio de información, análisis, deliberación y acción. Supone un grave compromiso que nadie puede tomarse a la ligera. Entre otras cosas,
* objetar implica consensuar en el hogar una decisión que no reporta beneficio inmediato sino todo lo contrario
* los objetores -y nuestros hijos- somos señalados, marginados, insultados y acuasados de formar parte de conspiraciones político-eclesiales o de mero fanatismo
* los alumnos objetores acaban siendo suspendidos
* objetar exige señalarse ante la administración y, a menudo, recurrir a demandas y procedimientos judiciales diversos
¿Alguien puede pensar que se puede tomar esta decisión y arrostrar sus consecuencias sin haberse informado y sopesado sus pros y sus contras? Los objetores no sólo tomamos la decisión informados, sino que la renovamos constantemente cuando las circunstancias adversas -que no son pocas- cuestionan la decisión que hemos tomado en conciencia.
10. Los objetores a Educación para la Ciudadanía se oponen a que sus hijos reciban esta asignatura, pero ni se opusieron ni se oponen a la asignatura de religión porque adoctrina según sus creencias.
La asignatura de religión presenta dos importantes diferencias con respecto a la asignatura de Educación para la Ciudadanía, tanto en su forma como en su fondo:
En cuanto a su forma
La primera -y menos importante- diferencia es que la asignatura de religión es optativa. Por tanto, no se impone a nadie. La escogen los padres -o alumnos- que deseen cursarla. De hecho se cifra en un 80% el porcentaje de alumnos que cursa la asignatura. Por el contrario, Educación para la Ciudadanía (las cuatro asignaturas que conforman el área) son obligatorias y requisito para obtener la titulación de Bachillerato.
En cuanto a su fondo
La segunda diferencia, y más relevante, es que la asignatura de religión pretende transmitir unos contenidos, pero en ningún caso pretende evaluar es asentimiento del alumno a su doctrina. Los alumnos de religión son examinados sobre verdades de la fe, historia bíblica o cualquier otro contenido teórico, pero nunca son evaluados en función del ejercicio de sus creencias. No obtiene sobresaliente en religión el alumno más piadoso ni quien demuestra tener una fe más firme. Tampoco el más caritativo
Educación para la Ciudadanía pretende, por el contrario, que los alumnos asuman su doctrina y lo demuestren en su comportamiento personal (ver, por ejemplo, Cuando la libertad se esconde en la sintaxis). Es por ello que la evaluación de los alumnos debe realizarse no según sus conocimientos sobre los contenidos de la asignatura, sino sobre su grado de adhesión a los principios y valores que en ella se le transmiten. El profesor debe evaluar, por tanto, las manifestaciones externas, la conducta, del alumno para verificar que ha hecho propia la doctrina transmitida.
En este sentido, puede decirse que la asignatura de religión pretende transmitir una doctrina, pero Educación para la Ciudadanía pretende convencer, adoctrinar: tiene como objetivo que el alumno interiorice y haga suya dicha doctrina.
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