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Además de elegir en qué campos buscar, hay una diferencia fundamental entre la búsqueda simple y la avanzada, que puede dar resultados completamente distintos: la búsqueda simple busca la expresión literal que se haya puesto en el cuadro, mientras que la búsqueda avanzada descompone la expresión y busca cada una de las palabras (de más de tres letras) que contenga. Por supuesto, esto retorna muchos más resultados que en la primera forma. Por ejemplo, si se busca en la misma base de datos la expresión "Iglesia católica" con el buscador simple, encontrará muchos menos resultados que si se lo busca en el avanzado, porque este último dirá todos los registros donde está la palabra Iglesia, más todos los registros donde está la palabra católica, juntos o separados.

Una forma de limitar los resultados es agregarle un signo + adelante de la palabra, por ejemplo "Iglesia +católica", eso significa que buscará los registros donde estén las dos palabras, aunque pueden estar en cualquier orden.
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Decreto sobre el culto litúrgico al beato Juan Pablo II

11 de abril de 2011
De la Congregación para el Culto Divino

CIUDAD DEL VATICANO, lunes 11 de abril de 2011 (ZENIT.org).- Ofrecemos a continuación una traducción no oficial realizada por ZENIT del texto del decreto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos en el que se regula el culto litúrgico reservado al futuro Beato Juan Pablo II.

 

 

DECRETO

sobre el culto litúrgico que tributar en honor del Beato Juan Pablo II, Papa.

Un carácter de excepcionalidad, reconocido por toda la Iglesia católica diseminada sobre toda la tierra, reviste la beatificación del Venerable Juan Pablo II, de feliz memoria, que tendrá lugar el 1 de mayo de 2011 en la Basílica de San Pedro en Roma, presidida por el Santo Padre Benedicto XVI. Dada esta extraordinariedad, a raíz de numerosas peticiones en relación con el culto litúrgico en honor del nuevo Beato, según los lugares y los modos establecidos por el derecho, esta Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos de apresura a comunicar cuanto ha sido dispuesto al respecto.

Misa de acción de gracias

Se dispone que en el arco del año sucesivo a la beatificación de Juan Pablo II, o sea, hasta el 1 de mayo de 2012, sea posible celebrar una santa Misa de acción de gracias a Dios en lugares y días definitivos. La responsabilidad de establecer el día o los días. Como también el lugar o lugares de congregación del pueblo de Dios, compete al obispo diocesano para su diócesis. Consideradas las exigencias locales y las conveniencias pastorales, se concede que se pueda celebrar una santa Misa en honor del nuevo Beato en un domingo durante el año como, también, en un día comprendido entre los números 10-13 de la Tabla de los días litúrgicos.

Analogamente, para las familias religiosas, compete al Superior General ofrecer indicaciones sobre los días u lugares significativos para toda la familia religiosa.

Para la santa Misa, con posibilidad de cantar el Gloria, se reza la colecta propia en honor del Beato (ver anexo); las demás oraciones, el prefacio, las antífonas y las lecturas bíblicas se toman del Común de los pastores, para un papa. Si se celebra un domingo durante el año, para las lecturas bíblicas se podrán elegir textos adaptados del común de los pastores para la primera lectura, con el correspondiente Salmo responsorial, y para el Evangelio.

Inscripción del nuevo Beato en los Calendarios particulares

Se dispone que en el calendario propio de la diócesis de Roma y de las diócesis de Polonia, la celebración del Beato Juan Pablo II, papa, se inscriba el 22 de octubre, y se celebre cada año como memoria.

Sobre los textos litúrgicos se conceden como propios la oración colecta y la segunda lectura del Oficio de Lectura, con el correspondiente responsorio (ver anexo). Los demás textos se toman del Común de los pastores, para un papa.

En cuanto a los demás calendarios propios, la petición de inscripción de la memoria facultativa del Beato Juan Pablo II podrá ser presentada a esta Congregación por las Conferencias Episcopales para su territorio por el obispo diocesano para su diócesis, por el Superior General para su familia religiosa.

Dedicación de una iglesia a Dios en honor del nuevo Beato

La elección del Beato Juan Pablo II como titular de una iglesia prevé el indulto de la Sede Apostólica (cfr. Ordo dedicationis ecclesiae, Praenotanda n. 4), excepto cuando su celebración esté ya inscrita en el Calendario particular: en este caso no se requiere el indulto y al Beato, en la iglesia de la que es titular, se le reserva el grado de fiesta (cfr. Congregatio de Cultu Divino et Disciplina Sacramentorum, Notificatio de cultu Beatorum, 21 de mayo de 1999, n. 9).

No obstante haya algo en contrario.

Por la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, 2 de abril de 2011.

Antonio Card. Cañizares Llovera Prefecto

Giuseppe Agostino Di Noia, op Arzobispo secretario

 

 

[En latín]

DECRETUM

de cultu liturgico in honorem beati Ioannis Pauli ii, papae, tribuendo

Praecipuitatis mira virtute sua, quam universa catholica Ecclesia ubique per orbem terrarum diffusa agnoscit, beatificatio Venerabilis Ioannis Pauli ii, felicis recordationis, die 1 mensis maii anno 2011 apud Basilicam Sancti Petri in Urbe, Summo Pontifice Benedicto XVI praesidente, celebranda, praestat. Qua attenta eminentia ac petitionibus innumeris circa cultum liturgicum in honorem proximi Beati iuxta locos et modos iure statutos perpensis, haec Congregatio de Cultu Divino et Disciplina Sacramentorum quae de hac re decreta sunt publici iuris facere properavit.

Missa in actione gratiarum

Disponitur, ut intra annum a beatificatione Ioannis Pauli ii, scilicet usque ad diem 1 mensis Maii anno 2012, unam sanctam Missam in actione gratiarum Deo in locis et diebus peculiaris significationis celebrare liceat. Omnibus ac singulis Episcopis dioecesanis competit pro territorio eorum Dioecesium diem diesve, sicut et locum locosve ad populum Dei colligendum, apte statuere. Necessitatibus locorum et opportunitate pastorali perpensis, conceditur, ut una sancta Missa in honorem proximi Beati celebrari possit dominica qualibet per annum vel alia die, quae inter nn. 10-13Tabulae dierum liturgicorum recenseatur.

Item, pro familiis religiosis Supremo Moderatori competit dies et locos peculiaris significationis ad usum totius eiusdem familiae religiosae deligere.

Quoad sanctae Missae celebrationem, praeter facultatem Gloria canendi, oratio collecta propria in honorem Beati, prout in adnexu exstat exemplari, dicenda est; aliae orationes, necnon praefatio, antiphonae et lectiones biblicae, de Communi pastorum:pro papa, sumuntur. Si dies celebrationis in dominicam per annum incurrit, textus apti pro lectione priore, psalmo responsorio et Evangelio de Communi pastorum sumi possunt.

Inscriptio proximi Beati in Calendariis particularibus

Disponitur, insuper, ut celebratio Beati Ioannis Pauli ii, papae, in Calendario proprio Dioecesis Romanae seu Almae Urbis atque omnium Dioecesium Poloniae die 22 octobris gradu memoriae quotannis peragenda inscribatur.

Quoad textus liturgicos, uti proprii conceduntur oratio collecta et lectio altera pro Officio lectionum Liturgiae Horarum cum responsorio, prout in adnexu exstant exemplari. Alii textus de Communi pastorum: pro papa, sumuntur.

Circa caetera Calendaria propria, petitio de inscriptione memoriae ad libitum Beati Ioannis Pauli ii huic Congregationi subicienda singulis Conferentiis Episcoporum pro unaquaque natione vel Episcopo dioecesano pro Dioecesi vel Supremo Moderatori pro familia religiosa competit.

Dedicatio ecclesiae Deo in honorem proximi Beati

Electio Beati Ioannis Pauli ii uti Titularis ecclesiae indultum ab Apostolica Sede concessum postulat (cf. Ordo dedicationis ecclesiae, Praenotanda, n. 4), nisi celebratio eiusdem iam inscripta sit in Calendario particulari: hoc in casu, indultum non requiritur et in ecclesia, cuius est Titularis, gradus festi Beato reservatur (cf. Congregatio de Cultu Divino et Disciplina Sacramentorum, Notificatio de cultu Beatorum, diei 21 maii 1999, n.9).

Contrariis quibuslibet minime obstantibus.

Ex aedibus Congregationis de Cultu Divino et Disciplina Sacramentorum, die 2 mensis aprilis anno 2011.

Antonius Card. Cañizares Llovera Praefectus

Iosephus Augustinus Di Noia, op Archiepiscopus a Secretis

fuente: Zenit
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