Este tema se me ocurrio traerlo a colacion, despues de lo que algunos hemos platicado sobre seguir lo que dice el Magisterio, aunque no estemos de acuerdo o no terminemos de comprender.
El Ius Canonicum nos dice
el hecho de que haya malos tratos durante la vida del matrimonio en sí misma no es, no puede ser, causa de nulidad del matrimonio, porque son hechos ocurridos después de contraer matrimonio
Ahora bien, me gustaria tratar en este tema, NO lo que se pudiera hacer o como se puden "manipular" los canones, sino analizar el por que la violencia intrafamiliar no se considera causa de nulidad.
Normalmente se recurre a los canon 1103 o canon 1095 § 3 pero los malos tratos "per se" no son causa. Para que se investigue si existe alguna causa para declarar nulo un matrimonio, esta debio ocurrir, en el momento de contraer nupcias, ni antes ni despues.
Si alguien se caso enamorado, con conocimiento y madurez, sabiendo a lo que iba, y al pasar de los años por "X" circunstancia se vuelve agresivo, su pareja (marido o mujer) no puede hacer nada, mas que la separacion de cuerpos, sin poder rehacer su vida.
Que El Espiritu Santo nos ilumine a TODOS!
Del Ius Canonicum
Como se ve, los malos tratos durante el matrimonio no son causa de nulidad del matrimonio, aunque -si es el caso- ponen sobre la pista de que una de las partes que ha atentado el matrimonio era incapaz de prestar el consentimiento. El hecho de no declarar nulo un matrimonio en el que hay malos tratos a uno de los cónyuges puede parecer una solución demasiado dura, propia de un jurista frío e insensible, tan legalista qie ignora la realidad de la difícil vida de algunos en su matrimonio. Pero se debe tener en cuenta el sentido de la justicia eclesiástica
De este sentido de la justicia eclesiastica es del que me gustaria hablar.
Ciertamente la declaración de nulidad es solución para el problema de los malos tratos, pero el juez debe responder a la cuestión que se le plantea. Si se quiere solucionar el problema de los malos tratos y de la violencia doméstica, la sociedad y los poderes públicos deben arbitrar remedios adecuados, pero no se le puede pedir al juez que diga que no existió lo que -a su juicio, de acuerdo con las pruebas que le han presentado- sí existió. Flaco servicio haría a la sociedad el juez que declarara lo contrario de lo que las partes han sido capaces de demostrar. Que los poderes públicos pongan los medios adecuados para erradicar la violencia de los hogares domésticos, y cada zapatero a sus zapatos.
Por que pasara esto, si la misma Iglesia esta conciente que de la declaracion de nulidad es la solucion al problema de los malos tratos???? Seria bueno que se erradicara la violencia en los hogares, pero desgraciadamente sigue existiendo.
Que El Espiritu Santo nos ilumine a TODOS!
A veces, la aplicación de la justicia se convierte en la mayor de las injusticias. Para mi el problema no consiste en si el matrimonio es nulo de inicio, sino en que ambos cónyuges deben mantener el juramento que hicieron ante Dios. Personalmente hablar de las cosas de Dios en términos jurídicos no es algo que me entusiasme, pues el Amor de Dios, sobreabundante, siempre sobrepasa a lo que exige la justicia, por santa que pueda parecer esta. Si Dios perdona a un asesino que se arrepiente, no veo porqué no podría permitir a una mujer el poder rehacer su vida lejos de un maltratador. Utilizando un lenguaje "mercantil", un contrato deja de ser válido si es incumplido por una de las partes, y para mi no hay mayor incumplimiento que el de aquel que maltrata a su propia carne.
Eso de "que los poderes públicos pongan los medios adecuados para erradicar la violencia de los hogares domésticos, y cada zapatero a sus zapatos", aparte de lanzar balones fuera, me parece una expresión muy desafortunada, carente de la más mínima sensibilidad. ¿Cómo se erradica la violencia de los hogares? En el caso de una mujer católica que sufre maltratos, se la dice que se puede separar físicamente del maltratador, pero que no puede unirse a otro hombre sin cometer adulterio, y que en caso de hacer esto último, no puede recibir la Eucaristía. Se provoca así un tremendo conflicto de conciencia, pues se evita que la mujer tenga la oportunidad de encontrar la felicidad al lado de otro hombre que la quiera si no quiere perder la recepción del Sacramento más importante de la vida cristiana. En el peor de los casos, se hablará de soluciones " de compromiso" del estilo de que puede recibir la "comunión espiritual", pero si diera igual, no sé a qué viene el mandamiento de la Iglesia de recibir la Eucaristía al menos una vez al año.
En fin, mi opinión vale bien poco, pero es esta...
Un abrazo.
"Busco tu Rostro, Señor"
Ande ve!
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En el caso de una mujer católica que sufre maltratos, se la dice que se puede separar físicamente del maltratador, pero que no puede unirse a otro hombre sin cometer adulterio, y que en caso de hacer esto último, no puede recibir la Eucaristía. Se provoca así un tremendo conflicto de conciencia, pues se evita que la mujer tenga la oportunidad de encontrar la felicidad al lado de otro hombre que la quiera si no quiere perder la recepción del Sacramento más importante de la vida cristiana
y en el caso de lo hombres... las mujeres también saben maltratar a fondo, no somos tontas. La violencia femenina, las pocas veces que se descubre, se llama legítima defensa y si es contra los hijos, las mujeres maltratan mucho a los hijos pero lo saben camuflar, la llaman de miles de formas.
Lo del adulterio, también a ellos los abandonan, mejor reclama al Evangelio :p parece que ese chico que se llama Jesús, aquel día no lo tuvo muy bueno ![]()
PS. si no respondo en lo sucesivo es porque no podréparticipar no porque esté de acuerdo.
:)) Participa en adopciones espirituales en Adopcion Espiritual
En el caso de una mujer católica que...
Un solo Señor, una sola Ley,...
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Kanbei, estoy completamente de acuerdo contigo, de eso se trata precisamente esto...aunque no nos guste, aunque no lo comprendamos, eso es lo que nos dice El Magisterio y como dice Toñi, estos casos se dan para los dos lados, tanto de hombre a mujer como de mujer a hombre.
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...la Iglesia tiene organizado un sistema judicial con tribunales en todas las diócesis que pueden examinar los matrimonios, y a veces hay matrimonios canónicos en los que los cónyuges se separan y vuelven a contraer matrimonio. Parece necesaria una aclaración de los conceptos que se manejan.
.....para declarar la nulidad de un acto se considera lo que ocurrió en el momento de producirse el acto, siendo indiferente lo que haya ocurrido después, durante la vida del acto. .....
Sera posible que Dios no permita "rehacer" su vida a alguien que ha sido maltratado, engañado, años despues del matrimonio?
Hay que reconocer que, en ocasiones, algunos procesos de nulidad se han hecho polémicos por tener como protagonistas a personajes famosos. Personas que viven con sus parejas sin estar casadas, que tienen varias experiencias matrimoniales a sus espaldas... A la gente de a pie le extraña que la Iglesia no tenga en cuenta este estilo de vida. Frente a ello, don Isidro Arnáiz, Presidente del Tribunal Eclesiástico de Madrid, recuerda que, «en una declaración de nulidad del matrimonio, la Iglesia, en lo que tiene que fijarse, es en las circunstancias que concurrieron en el momento de la celebración del matrimonio. Las circunstancias posteriores a la celebración de ese matrimonio pueden servir de indicio respecto a lo que sucedió en el momento de la celebración, o no. La vida posterior de las personas tiene que ver con la moral cristiana, y tendrán que pedir perdón por sus conductas contrarias a la doctrina y la moral de la Iglesia, pero, para un Tribunal, lo que cuenta es lo que sucedió, y las circunstancias que concurrieron durante la celebración del matrimonio».
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Uf... me parece que hay un poco de lío en esto.
Maru, ¿a qué Magisterio te refieres?
Me parece que en todo lo escrito no hay una sola palabra del Magisterio.
¿Quién es el Ius Canonicum?
¿Un señor ingenioso que hace alusiones "zapateriles" bastante circunscritas al ámbito español y bastante poco permanentes? (Zapatero es el presidente del Gobierno de España).
Di, por favor, de dónde lo has copiado, y antes de ponernos a obedecer a ciegas, hagamos una mínima comprobación.
OK? Gracias
Isaías, el Ius Canonicum, es el Derecho Matrimonial Canonico, parte del Magisterio de la Iglesia Catolica
Los pastores y de los fieles de la Iglesia Católica han de procurar conocer el derecho canónico, así como aplicarlo y respetarlo. En Ius Canonicum - Información del derecho canónico se pretende facilitar el conocimiento y la divulgación del derecho canónico.
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El Código de Derecho Canónico, que no habla sólo del matrimonio (diría que ese tema ocupa una parte más bien pequeña), ya se lo que es.
Me refiero al "Ius Canonicum" de donde has sacado esos textos, que sospecho que será una web de internet.
Aparte de la web, hay libros y diferentes estudios sobre Derecho Matrimonial Canonico, si te interesa el tema, investiga primero, eso seria muy bueno para ti.
Puedes tambien recurrir a la Santa Sede y buscar los canones de los que hablamos y lo que dice la Iglesia sobre el asunto.
Aqui estamos hablando SOLO del Derecho Matrimonial Canonico no de lo demas sobre Derecho Canonico.
Creo, con todo respeto, que primero debes conocer algo para luego desacreditarlo, no te parece?
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La página Ius Canonicum - Información sobre el derecho canónico es independiente de cualquier institución académica o universitaria, aunque mantiene excelentes relaciones con profesores de diversas Universidades eclesiásticas, católicas y civiles de varias naciones.
Si no se confia en el Ius Canonicum, te recomiendo ir directamente a los canones y asi salir de tus dudas.
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Bien...o sea, la cuestión no es cómo aborda el Derecho Canónico el tema del maltrato doméstico, sino que lo que dice el Derecho Canónico va a Misa, nos guste o no...para semejante viaje, no hacen falta alforjas...al final, volvemos a la Ley y su casuística...doctores tiene la Iglesia...
Kanbei, no entendi tu aporte y me interesa entenderte, te molesto si me lo explicas con "manzanitas"?
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Maru, ¿a quién he desacreditado yo?
Si alguien plantea una conversación sobre un tema tan serio como este y lo hace en base a unos textos que presuntamente forman parte del Magisterio de la Iglesia, no debería molestarse porque otro le pida aclaración sobre sus fuentes.
Justamente, antes de decir ni pío sobre el fondo del asunto, me he limitado a pedirte aclaración sobre la fuente de esos textos.
En lugar de responder a una pregunta tan sencilla como "de dónde lo has copiado", me mandas a investigar.
Pues, mira, te he hecho caso y resulta que los famosos textos están sacados de un artículo firmado por un señor llamado Pedro María Reyes Vizcaíno que lleva por título "Posibilidad de declarar nulo el matrimonio en el que hay malos tratos" y publicado en http://.www.iuscanonicum.org/articulos/art051.html
Siento que mi intervención te moleste, Maru, pero me parece éticamente imprescindible aclarar que los textos que sirven de base para esta conversación son la opinión de un señor (que tendrá muchos méritos, no lo dudo) y no el pronunciamiento de la Iglesia.
Isaías, me da mucho gusto tener una persona tan inteligente entre nosotros, pero te has dedicado a decir lo que tu piensas sobre el Ius Canonicum y no ha hablar sobre el tema. Solo que cuando vayas a "investigar" para desacreditar la credibilidad del Ius Canonicum, fijate que no es de un solo autor ni un solo articulo. Por eso te pedi que fueras directo a los canones de Derecho Matrimonial en donde tu tengas cofianza de su credibilidad, (los canones no se pueden alterar).
Ya nos hiciste ver que, bajo tu punto de vista, el Ius Canonicum esta fuera del Magisterio, pero no nos has dicho por que, seria de gran ayuda para el tema que nos comentaras en que parte estan contra El Magisterio por favor.
Que El Espiritu Santo nos ilumine a TODOS!
www.vatican.va/archive/ESL0020/__P3T.HTM
Isaías puedes ir a las paginas del Vaticano, a ver si para ti esas si tienen credibilidad.
www.vatican.va/archive/ESL0020/LD.HTM
Que El Espiritu Santo nos ilumine a TODOS!
Maru, no te piques con Isaías, que es una persona exquisitamente educada en sus participaciones. Quizás entendiste como si pusiera en cuestión lo que decías, pero en realidad te estaba pidiendo las fuentes... Cosa que finalmente nos has dado.
Hemos de tener en cuenta que hay todo un arbol legislativo en la Iglesia, que funciona, más o menos así. Del Evangelio y la tradición de la Iglesia, el "Magisterio" extrae unos cánones de acción que materializa en el Derecho Canónico. Luego, como se hace en el mundo legislativo laico (que imitó el de la Iglesia que, asu vez, lo imitó de la Lex romana...), hay la interpretación de esas leyes para casos concretos, trabajo de abogados y jueces en el caso de la Rota, especializados naturalmente en las leyes cançónicas de la Iglesia... Las personas encargadas de tomar decisiones, los jueces, cuando han establecido una interpretación en un caso determinado, van creando un corpus interpretativo de la ley canónica, y que supongo que es lo que forma ese Ius Canonicum del que escribes. Un cuerpo interpretativo para casos diversos.
Trabajé con un abogado que aspiraba a juez y me familiaricé un poco con la jerga del oficio, pero ya la he olvidado, no así los conceptos. De manera que una sentencia anterior en un caso similar, hace "ley", si nadie la impugna...
¿A quién iremos, Señor? Solo tú tienes palabras de vida eterna
Maru, no te piques con Isaías, que es una persona exquisitamente educada en sus participaciones. Quizás entendiste como si pusiera en cuestión lo que decías, pero en realidad te estaba pidiendo las fuentes... Cosa que finalmente nos has dado.
Queridima Maricruz, no es que me pique con nadie, el pregunta yo contesto, tambien yo soy educada, y las fuentes las di desde el principio.
El Ius Canonicum nos dice
el hecho de que haya malos tratos durante la vida del matrimonio en sí misma no es, no puede ser, causa de nulidad del matrimonio, porque son hechos ocurridos después de contraer matrimonio
Si checas, en cada parrafo expongo la fuente y los Canon por numero que ambos, los puedes encontrar en varios lados. No es mi interes en este tema estar "defendiendo" porque a alguien no le parece mi estilo. Me gustaria mas que nos apegaramos al tema en si y no en mi persona o mi forma de aportar.
Tambien yo me di a la tarea de estudiar el Derecho Matrimonial, y no solo basandome en el Ius Canonicum sino como licenciatura, por lo que me consta, que el Ius Canonicum que aparece en la web, es fiel apegado a lo que nos dice el Magisterio, por eso me gusta usarlo como referencia ademas de mis propios escritos. Yo no trabaje con un juez, sino que vivi un caso de nulidad y trabaje con varios abogados canonistas.
Es un hecho, nos paresca bien o no, que no existe per se los malos tratos como posible causa de nulidad matrimonial.
Lo pueden checar Isaías y tu donde tengan confianza, y como le dije a el, nos harian un favor si nos comentan en que parte esta lo que he expuesto, contra o fuera del Magisterio.
Que El Espiritu Santo nos ilumine a TODOS!